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El Concejo aprobó la adhesión del Municipio de Sunchales a la ley provincial que declara la Emergencia en Seguridad Pública

En la última Sesión Ordinaria, el Concejo Municipal aprobó una nueva Ordenanza, por medio de la cual la Municipalidad de Sunchales adhiere a la ley provincial N° 14.237 -en los términos de su artículo Nº 36- donde se declara el Estado de Emergencia en Seguridad Pública en la provincia de Santa Fe.

Regionales20/05/2024RedacciónRedacción
Concejo 2024

El proyecto había sido presentado por el bloque de Juntos por el Cambio y tanto la concejala Laura Balduino, quien fundamentó la propuesta, como el edil Juan Ignacio Astor, destacaron el análisis brindado en trabajo en Comisión y la incorporación de las sugerencias realizadas por el Ejecutivo Municipal.

En el artículo Nº 2 de la norma aprobada se autoriza al Municipio a firmar convenios y realizar las gestiones pertinentes para la implementación de dicha ley, y en el artículo siguiente se dispone la vigencia de un año desde la promulgación, prorrogable por única vez e igual período a solicitud del Ejecutivo Municipal o el Cuerpo Legislativo.

 

Otros artículos de la Ordenanza

Artículo N 4: El estado de Emergencia tiene por objeto atender con diligencia las necesidades de infraestructura y equipamiento para la prestación de servicios públicos e implementación de acciones de prevención y promoción de la seguridad ciudadana, en función de las competencias y obligaciones del Gobierno municipal.

Artículo Nº 5: En el marco de los objetivos propuestos, los sujetos alcanzados por la Ordenanza se encuentran autorizados a llevar adelante las siguientes acciones:

a) implementar un plan de adquisición y reparación integral de equipos, maquinarias, vehículos y sus insumos de mantenimiento preventivo, afectados a la mejora en infraestructura municipal, prestación de servicios públicos y seguridad ciudadana;

b) afectar fondos municipales a la adquisición de insumos críticos para la prestación efectiva de servicios municipales para mantenimiento del sistema de monitoreo (discos rígidos, UPS, cámaras de video vigilancia, equipos de comunicación de datos y demás elementos de tecnología);

c) llevar adelante un plan de mejora y modernización de la infraestructura y equipamiento de seguridad (señalización vial, vallas, conos, alómetros, etilómetros, cinemómetros, detectores de uso de estupefacientes, entre otros), y

d) llevar adelante un plan de mejora y modernización del Centro de Emergencia y Monitoreo y de la Guardia Urbana de Sunchales (vehículos, balizas, sirenas, intercomunicadores, indumentaria e insumos de protección personal, entre otros).

Artículo Nº 6: Las adquisiciones de bienes de uso, servicios, equipamiento, obras de infraestructura y las gestiones que sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos detallados serán consideradas de emergencia y se harán efectivas mediante procedimientos especiales de contratación que tendrán carácter de urgentes.

El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará dichos procedimientos específicos, incluyendo los criterios de selección, de adjudicación y de evaluación de las propuestas, garantizando la transparencia, la igualdad, la concurrencia y debida competencia entre los oferentes.

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