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El Concejo Municipal aprobó Ordenanza referida a la prevención de los delitos informáticos

En su última Sesión Ordinaria, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza que dispone la creación de una Campaña de Prevención de Delitos Informáticos.

Regionales03/07/2024RedacciónRedacción
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El proyecto había sido presentado por el bloque Ahora Sunchales (Juan Ignacio Astor y Brenda Torriri) y fue acompañado luego por el Cuerpo Legislativo en pleno.

 

“Hablamos de estafas que muchas veces generan vergüenza a la hora de realizar las respectivas denuncias, porque las víctimas se sienten culpables al haber caído en estas situaciones, lo que agrava aún más el panorama y existe entonces una cifra negra que no se puede llegar a dimensionar. Se estima que estas defraudaciones son las de mayor impacto económico en cuanto a los delitos contra la propiedad. Además, la reparación es muy dificultosa, lamentablemente las víctimas no suelen recuperar los bienes transferidos”, afirmó en la fundamentación el edil Astor.

 

En el artículo Nº 2 de la norma aprobada se estableció que la Campaña de Prevención de Delitos Informáticos se debe implementar a través de la realización, simultánea o sucesiva, de acciones educativas, formativas o estrategias comunicacionales con algunas o todas las siguientes temáticas:

 

-Cyberdelitos (estafas, robo de datos personales, phishing, fraudes informáticos, robo de identidad y otros);

-Compra online segura, detección de productos de origen delictivo ofrecidos en redes;

-Educación financiera y detección de estafas complejas y esquemas ponzi;

-Cyberbullying, cyberacoso y grooming;

-Injurias y calumnias en redes sociales;

-Seguridad informática, hacking y cracking;

-Otras temáticas referidas a prevenir o mitigar los efectos de un delito informático.

 

El Departamento Ejecutivo debe asignar los recursos necesarios para la implementación de la Ordenanza, afectando la partida presupuestaria que considere concordante para la contratación de servicios profesionales, así como otros gastos que resulten necesarios.

 

Se dispone como autoridad de aplicación a la Secretaría de Gobierno, en coordinación con aquellas áreas que consideren oportunas.

 

También se autoriza al Intendente Municipal a celebrar convenios con el Estado nacional y provincial, cuyo fin complemente o sirva para cumplir los objetivos definidos. 

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